Los míos, los tuyos, los nuestros, es una realidad en muchas familias de nuestro país. Esta realidad implica una serie de obligaciones entre las que se incluye el derecho a la salud de los hijos de tu pareja habidos en hogar anterior.
La situación se complica cuando la obra social aduce la obligatoriedad de que sean tus hijos naturales para proceder con la afiliación respectiva.
Una mentira como muchas otras para denegar tus derechos.
Indice
Antes de entrar en materia, comencemos con las definiciones para entender los entresijos de la ley para acceder al derecho de afiliación de hijos del conviviente cuando te has hecho responsable de ellos en todos los niveles.
Como comentábamos al inicio actualmente ha cambiado la forma en que se concebía la vida familiar que hasta hace poco estaba ligada a la órbita conyugal.
Surge ahora el concepto de familia ensamblada, entendida ésta como una organización familiar originada en parejas estables, matrimoniales o en uniones convivenciales que cohabitan con hijos comunes y/o con los hijos de anteriores nupcias y/o uniones.
¿Qué es ser progenitor afín?
En el seno de este modelo se gestó la figura del progenitor afín como consecuencia de la ampliación de los vínculos familiares.
Esta reciente figura ha sido recogida por el nuevo Código Civil y Comercial el cual en su artículo 672 define al progenitor afín como “… el cónyuge o conviviente que vive con quien tiene a su cargo el cuidado personal del niño o adolescente” es decir que «resulta necesaria la convivencia o matrimonio con el progenitor del niño o adolescente y, además, que tenga éste su cuidado personal”.
«Es necesario que el menor de edad se encuentre viviendo con su progenitor y su cónyuge o conviviente, para estar en presencia de dicha figura legal” [se refiere al “progenitor afín”].
Los hijos de tu cónyuge se consideran tus hijos, siempre y cuando convivas con ella (casados o en unión de hecho). En términos legales, te conviertes en progenitor (a) afín/ bajo el artículo 672 del Código Civil.
Como se explica en el mencionado artículo para ser progenitor afín podés estar casado o convivir con tu pareja que tiene que tener a sus hijos bajo su cuidado personal.
El cuidado personal de los hijos es lo que antes se llamaba “tenencia” que consiste en el conjunto de deberes y facultades que tienen los padres en la vida cotidiana de sus hijos.
Tener una unión marital representada en matrimonio legalmente constituido para realizar la afiliación de los hijos que cumplen con los requisitos de edad y de amparo por parte de su padrastro o madrastra.
Deberes del progenitor afín.
Una vez decides convivir con una pareja que cuenta con hijos de relaciones anteriores adquieres deberes básicos contemplados en el art. 673 del código civil. Aquellos Estos deberes son:
- Ayudar en su crianza y educación.
- Colaborar en su formación en las cuestiones diarias en la casa.Tomar decisiones frente a una urgencia, por ejemplo, si sucede un accidente.
- Proveer alimentación, siempre y cuando los padres naturales no puedan cumplir con esta obligación o no puedan hacerlo, bien sea por ausencia permanente o no haya sido posible su identificación.
- Estas obligaciones cesan en el evento que te separes de tu pareja, respecto a los hijos de ella. (Art. 676 del código civil y comercial de la nación).
Esto también incluye asegurar que reciba atención en salud, brindando al menor el mismo derecho-beneficio médico asistencial del que gozan los demás integrantes del núcleo familiar.
Recordemos que la salud es un derecho fundamental de los niños a la luz de la Convención sobre los derechos del niño, la cual fue adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989. Este convenio se encuentra por encima de cualquier norma que jurídica interna sobre la composición familiar.
¿Qué dice la ley?
Para saber nuestros derechos nada mejor que conocer cuáles son las leyes que nos protegen a la hora de poder afiliar a un hijo afín a la obra social o empresa de medicina prepaga como miembro adherente de su grupo familiar.
La ley nacional 23.660 establece que quedan incluidos en calidad de beneficiarios de las obras sociales los grupos familiares primarios de los afiliados obligatorios enumerados en el art. 8 de ese cuerpo legal, aclarando que dicha extensión incluye -entre otros- a los hijos del cónyuge.
Asimismo, la norma citada en su artículo 9, inc. b), agrega que quedan incluidos en calidad de beneficiarios “las personas que convivan con el afiliado titular y reciban del mismo ostensible trato familiar”.
A su vez, la Ley de Medicina Prepaga 26.682 en su art. 14, inc.b), menciona como incluidos dentro de la cobertura del grupo familiar a “la persona que conviva con el afiliado titular en unión de hecho, sea o no de distinto sexo y sus hijos, según acreditación que determine la reglamentación”.
Para una mayor comprensión, cabe señalar que el decreto 415/2006, reglamentario de la Ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, en su art. 7 describe que “se entenderá por ‘familia o núcleo familiar’, ‘grupo familiar’, ‘grupo familiar de origen’, ‘medio familiar comunitario’ y ‘familia ampliada’, además de los progenitores, a las personas vinculadas a los niños, niñas y adolescentes, a través de líneas de parentesco por consanguinidad o por afinidad, o con otros miembros de la familia ampliada”.
A través del recorrido de las diferentes normas que hemos presentado se puede determinar que, sin lugar a dudas, el progenitor afín puede incluir a su hijo afín como afiliado a su obra social o empresa de medicina prepaga en carácter de miembro adherente de su grupo familiar.
En esta dirección, ya se han pronunciado algunos fallos judiciales que te presentaremos al finalizar este artículo.
La afiliación de los hijos a la obra social (tanto los propios como los de tu cónyuge) se debe realizar en cualquier momento, presentando la solicitud ante la entidad de la cual es titular el padre o la madre.
Antes de comenzar con las gestiones de afiliación de un hijo afín debes tener en cuenta estos requisitos generales:
- El cónyuge o conviviente debe tener a su cargo el cuidado personal del niño/a o adolescente (independientemente de cuidado personal unipersonal o compartido).
- No gozar de ningún otro beneficio social o previsional, el ingresante y sus progenitores (biológicos o adoptantes).
- No estar afiliado a otra obra social el ingresante y sus padres biológicos o adoptantes. Para esto vas a necesitar la Certificación de CODEM negativo (Comprobante de Empadronamiento en una Obra Social) del padre o madre biológicos, expedida por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES)
Para proceder a realizar el trámite de afiliación de los hijos de tu cónyuge a la obra social debes reunir la documentación requerida y expresada a continuación:
- Fotocopia de documento (anverso y reverso) de ambos concubinos.
- Certificado de domicilio (de ambos) o de convivencia.
- Fotocopia de recibo de sueldo o certificado de trabajo y/o último pago del monotributo del titular o de ambos (si trabajan los dos) y/o alta del AFIP.
- Nombre correcto de la obra social a la que desea incorporal a su pareja y/o hijos
- Copia de partidas de nacimiento de los hijos del cónyuge a incorporar.
- Sentencia de divorcio (si fuera divorciado/a).
- Partida de defunción (si fuera viudo/a).
- Prenatal: Certificado de embarazo y/o estudio de ecografía y/o carnet peri natal.
- Datos de dos testigos (que no deben ser parientes, ni menores de 18 años). Estos no deberán presentarse el día de iniciación del trámite, sino con posterioridad cuando les sea indicado, sin necesidad de ser acompañados por el titular.
Para poder iniciar el proceso esta documentación debe estar completa, de lo contrario no podrá darse continuidad el trámite.
Lugares donde podes hacer los trámites.
Certificado de convivencia en la Ciudad de Bs As.
Conocé los derechos y obligaciones que tenés si convivís con tu pareja durante 2 años o más.
También puede leer:
Esta situación no debería presentarse, dado que de acuerdo con la ley, la no consanguinidad no es una limitante para realizar la afiliación de los hijos de tu pareja que tenés a cargo actualmente.
En las sentencias decretadas hasta la fecha se ha establecido que aquellas personas que desean vincular a los hijos de su cónyuge a la obra social a la que están suscriptos, tienen el deber y están en derecho de realizarlo si la pareja que ejerce como padre/madre del menor no pueda efectuar este proceso.
Si la obra social se negara a realizarla, el titular que desea vincularlo deberá presentar una acción de amparo de salud como lo dicta la constitución por tratarse de un derecho fundamental y de esta manera apelar la decisión.
Casos de éxito.
Afiliación de hijastro a la cobertura de salud.
Te presentamos algunos fallos judiciales que han iniciado afiliados a las prestadoras de salud para que se cumpa su derecho de afiliación de los hijos de su pareja.
La Caja Forense de Santa Fe debe incorporar de forma inmediata de un menor como hijo afín adherente del actor.
Antecedentes.
Un afiliado a la Caja Forense de Santa Fe presenta una acción de amparo a través de su abogado, ya que esta obra social le denegaba la afiliación al hijo de su esposa como parte del grupo familiar.
Fallo.
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Santa Fe resolvió hacer lugar a la demanda y declaró inconstitucionales los decisorios administrativos dictados por la Caja Forense, ordenando la incorporación inmediata del menor como hijo afín adherente del accionante.
Considerandos.
En la argumentación del fallo los jueces consideraron que esta obra social indirectamente obliga realizar un trato discriminatorio del menor respecto del resto de los integrantes del grupo familiar, forzándolo a buscar prestaciones de entidades públicas cuando podría optar por otras privadas, cuyo costo solventa la obra social.
Indicaron que si bien es cierto que no existe entre el amparista y el menor un vínculo filiatorio, el Código Civil y Comercial en sus artículos 672 a 676 pone en un pie de igualdad respecto de la responsabilidad parental a los progenitores, entre ellos a los que considera afines (hijastros).
A partir de ello, concluyó que las deciciones resultaban inconstitucionales y violaban los derechos amparados por la Convención Internacional de los Derechos del Niño, por lo que correspondía hacer lugar a la acción intentada.
Como soporte de lo anterior, lo invitamos a consultar la sentencia de apelación proferida contra la obra social Caja Forense, en la cual confirman sentencia favorable de acción de amparo en la cual se protege el derecho a la salud de niño cuyo padre natural no contaba con los recursos para su sustento y al cual se le denegó la afiliación como parte del grupo familiar de su padrastro.
La corte resolvió teniendo en cuenta que el derecho a la salud de los niños está por encima de cualquier precepto sobre la conformación familiar y la consanguinidad. Clic aquí para ver la sentencia.
Como soporte de lo anterior, lo invitamos a consultar la sentencia de apelación proferida contra la obra social Caja Forense.
La corte resolvió teniendo en cuenta que el derecho a la salud de los niños está por encima de cualquier precepto sobre la conformación familiar y la consanguinidad. Clic aquí para ver la sentencia.
ObsBA debe afiliar a una menor como hijo afín adherente de un afiliado.
Antecedentes.
El Sr. O. está afiliado a la ObSBA por más de treinta años. Su núcleo familiar se compone por C., madre de Y.C.G de nueve años y con quien se encuentra casado desde mayo de 2011 y V.O.B., el hijo de cinco años que tienen en común.
La niña Y.C.G. padece de asma. No reciben ayuda de ningún tipo del padre biológico de la niña.
Ha realizado numerosas gestiones ante la ObSBA a fin de obtener la afiliación de Y.C.G. sin obtener resultado favorable.
El 23/09/2015 mediante la Disposición nº 459/UNAA/15, la obra social le denegó la solicitud de afiliación requerida por no ajustarse a las exigencias del inciso e) del artículo 6 del Reglamento de Afiliaciones de dicha entidad.
Fallo.
2º) Declarar la inconstitucionalidad e inconvencionalidad del artículo 6 inc. e) del Reglamento de Afiliaciones y de su consecuente Disposición nº 459/UNNA/15, en cuanto el derecho de afiliación de la niña Y.C.G. (DNI …) que consagra el artículo 19 inciso c) de la ley nº 472, a tenor de lo decidido en los apartados IV, V y VI.
3º) En consecuencia, se condena a la ObSBA a que proceda afiliar a la niña Y.C.G. (DNI …) en forma inmediata.
Considerandos.
Los jueces desarrollan una extensa argumentación:
Irrazonabilidad del artículo 6° del Reglamento de Afiliaciones de ObsBA
La ley Nacional N° 23.660 de Obras sociales en el inciso a) del artículo 9º aclara que se entiende por grupo familiar primario al integrado por los hijos del cónyuge.
En cambio el artículo 6° del Reglamento de Afiliaciones de la ObSBA define quiénes tienen un vínculo filial con el titular y en su inc. e) incluye a “[l]os menores de 21 años que se encuentren bajo guarda o tutela del titular otorgada legalmente”.
Al comparar los artículos delatan su irrazonabilidad porque no respetan las normas de rango superior (Ley 26.660).
Esto conduce a la privación del derecho a la salud integral por no contar con las prestaciones sanitarias necesarias para una mejor calidad de vida.
Inconstitucionalidad del artículo 6° del Reglamento de Afiliaciones de ObsBA.
La interpretación restrictiva postulada por esta obra social -restringiendo el «grupo familiar» conviviente a los «hijos» que ostenten «filiación» únicamente y no a los «afines»- devendría inconstitucional por «discriminatoria».
Este reglamento no toma debida cuenta de que el concepto de familia (y su modelo) se ha visto modificado, tanto social como también (aunque de modo más lento) jurídicamente.
Convención sobre los Derechos del Niño.
En su artículo 24, asegura que ningún niño sea privado de su derecho al disfrute de esos servicios sanitarios y a recibir asistencia médica y atención sanitaria necesaria y en artículo 27 se garantiza el desarrollo integral del niño.
Fuente de los casos: Al día Argentina.
Conclusión.
Los hijos habidos en relaciones anteriores de la pareja actual tienen derechos amparados bajo la convención de los Derechos del Niño.
Por tal razón, dentro del nuevo núcleo familiar goza de protección en todos los sentidos. Esto incluye el acceso a la salud en las condiciones que la ley de la nación estipula incluso si la afiliación se realiza a través del nuevo cónyuge de su madre o padre.
Si has tramitado la afiliación del o los hijos de tu pareja y esta ha sido denegada, contactá ya con nosotros para brindarte la asesoría correspondiente para restaurar el derecho negado. CLIC AQUÍ.
En Amparando Salud, sabemos cómo hacerlo.
Hola! Cómo hago para afiliar a mí hijo a la obra social de mí pareja??? Tengo que hacer algún papel en cuanto al padre de mí hijo?.. si el padre del menos tiene obra social y yo también pero queremos que tenga la de mí pareja que sería la misma que la mía ,se puede?
Hola!
si se puede, tenes que poner al chivo a cargo del titular de la obra social.
Acreditar que el menor está a cargo del titular de la obra social. hace las consultas en la obra social que te van a pedir los papeles necesarios
saludos
Hola que tal quise afiliar. Ami hijo a la obra social de mi marido y me dijieron que no puedo que te Vi que presentar. Un papel de un juez diciendo que el se hace cargo de mi hijo yo tengo un nene con mi marido. Y queríamos hacer un plan familiar Loque la obra social me pide que tenga un papel de un juez como que el se hace cargo del nene sino no puede entrar en la obra social
Hola tienen que hacer lo que ten piden una acreditación de que el menor esta a cargo. saludos
Hola!
necesitamos saber el problema, analizarlo, ver si tiene solución y luego podemos pasar un presupuesto por el trabajo.
saludos
A donde me tengo q acercar para q mi hijo tenga el seguro de mi pareja que le quiere dar. Porq en el formulario q llena para la empresa solo es convivientes e hijos como primer beneficiario pero nos dicen q solo los hijos q tenga el apellido se pueda afiliar al seguro. Como hacer en eses caso
LO podes hacer en la super de salud o acreditando en la obra social que estan a tu cargo. saludos
Hola, me podían orientar a donde y como puedo hacer para que afilie a mi hijo ya que mi esposo es el que ve por nosotros q requisitos debo de reunir y a donde debo de ir
Hola! Convivo hace 12 años con mi pareja, tenemos una hija de 7 y yo tengo una hija de 15 años de un matrimonio anterior,queremos incorporarla a su obra social pero no nos permiten ya que falta la firma del juez en la sentencia de divorcio de él. En éste contexto llevará mucho tiempo hacerlo. Se puede hacer algo? Es paciente de riesgo y es necesario tener una cobertura de salud. Gracias!
Hola
lo más rápido es conseguir la sentencia del divorcio, no se en que jurisdicción es pero hoy funciona todo. saludos
Que tengo que hacer si mi hija esta a punto de cumplir los 21 pero es estudiante? Tiene mi apellido pero queremos que tenga la OSocial de mi esposo
¡Hola! Gracias por contactar con Amparando Salud. Somos una consultora jurídica dedicada a resolver conflictos en temas de salud contra obras sociales y prepagas. Ante cualquier duda que surja te pedimos te comuniques a nuestro email info@amparandosalud.com.ar así por esta vía podemos derivar el problema a nuestros abogados los Dres Martin Sabadini, Nicolas Oszust y Matias Arado.Muchas de las consultas se repiten y le damos respuesta en los demás comentarios, hace un chequeo en las publicaciones de nuestro blog.
Hola, lo que se orienta en la nota.
saludos
Hola me piden certificado de matrimonio o concubinato es realmente necesario?
Mi pareja quiere ponerle la obra social a mi hijo pero como no tiene su apellido no quieren ponerle estamos hace cinco años juntos conviviendo y mi hijo tiene seis años como podemos hacer somos de salta capital, argentina
Hola!
tienes que acreditar la convivencia y que el menor no tiene otra cobertura.
saludos
Hola, yo tengo obra social y mi hijo tiene la mía. Pero con mi pareja le queremos poner la suya por que es una mejor, se le puede poner apesar de que ya tenga una obra social?
Tiene que dar de baj una y subir a la otra, acreditando que esta el chico a cargo. saludos
Hola que tal quisiera saber si es posible asegurar a la hija de mi esposa lo cual esta embaraza tiene 16 ella tiene sólo apellidos de mi esposa y actualmente ya no quiso seguir estudiando ya tengo 15 años viviendo con mi Esposa de casados tenemos 13 años de antemano muchas gracias
¡Hola! Gracias por contactar con Amparando Salud. Somos una consultora jurídica dedicada a resolver conflictos en temas de salud contra obras sociales y prepagas. Ante cualquier duda que surja te pedimos te comuniques a nuestro email info@amparandosalud.com.ar así por esta vía podemos derivar el problema a nuestros abogados los Dres Martin Sabadini, Nicolas Oszust y Matias Arado.Muchas de las consultas se repiten y le damos respuesta en los demás comentarios, haciendo un chequeo en las publicaciones de nuestro blog.
Hola. Quiesiera saber si mi marido puede adherirnos a su obra social con mi hija. Yo hasta hace 3 meses trabajaba, y como renuncie, me desactivaron mi obra social. Y ahora necesitamos adherirnos a la de mi marido. Se podra?
Si claro que puede. saludos
Hola quería consultar porque realize en un juzgado para dejar constancia que mi hija esta a cargo de mi marido para entrar en la obra social pero dice que tiene que tener la tutela el para que la pongan el la obra social y no la quieren poner.
Como tengo que seguir?
¡Hola! Gracias por su contacto.
Somos Amparando Salud, una consultora jurídica dedicada a dar soluciones en reclamos por conflictos entre los afiliados y las obras sociales y prepagas.
Nos interesa tu contacto pues podemos evaluar los conflictos actuales de la salud, es muy interesante lo que nos cuentas.
Muchas de las respuestas se encuentran en las notas que invito a leer con detenimiento.
En caso de que la duda persista nos comunicaremos en forma privada con vos.
Podrías hacer un reclamo en la superintendencia de salud o directamente un reclamo judicial.
¡También si la respuesta te sirvió y despejo tus dudas, no dudes en invitarme un cafecito!
¡Que más reconfortante que tu gratitud!
https://cafecito.app/amparandosalud
Saludos y hasta pronto.
Buenas tardes, convivo con mi pareja y sus hijos, quiero incorporarlos a mi obra social, ellos me dicen que mi pareja puede ser incorporada pero no sus hijos porque no tienen mi apellido, obviamente son hijos de otro papa. Que debo hacer, yo ya hice la convivencia, y tengo un contrato de alquiler avalado en donde figura que todos vivimos juntos. Gracias.
Hola, tenes que acreditar los vínculos y que los niños no tienen cobertura. saludos
Quisiera consultar si puedo tener la obra social de mi marido si renuncie a mi trabajo, o tengo que esperar los 3 meses. Gracias.
Si podes. saludos
Buenas! Como hago para que mi hija tenga la obra social de mi pareja , tenemos convivencia tramitada en el juzgado hace tres años , yo tengo si obra social pero para poder ponerla a ella me piden que haga un certificado en el registro civil donde incluyan a la menor, esto es así?
NO es asi, hace la denuncia en la super de salud.
Buenas tardes! Mi nombre es silvana estoy casada legalmente y tengo 2 hijos menores de otra pareja. Actualmente el padre de los nenes y yo estamos sin trabajo por ende tuve que dar de baja la prepara. Mi marido (progenitor afín) actual quiso afiliar a los nenes a la obra social de la policía federal Argentina, la metodología ya que estamos en pandemia es por medio de mail. La respuesta de la obra social es que los nenes deberían no estar reconocidos, ser madre soltera. Se solicita que revean tal situación teniendo en cuenta la ley y código civil y no me contestaron más. Se llama por teléfono y la señorita responde los mismo. Necesito un asesoramiento, que debo hacer… gracias
Si el los tiene reconocidos, presentando las partidas de nacimiento los tienen que afiliar. saludos
Mi hija cumple 26 años este año . Puedo seguir manteniéndola en mi obra social mientras estudie ?
O caso contrario o si terminara sus estudios, como hago para incorporarla a mi obra social ?
Hola, no puede, el limite es 26, tiene que procurar cobertura propia. saludos
Tampoco puedo mantenerla dentro de mi obra social, aunque sea abonando ?
Ella no trabaja. Y no tiene cobertura.
Entonces ? Una buena alternativa seria que mi hija sacase un monotributo y así acceder a una obra social ?
Hola buenas tardes, convivo con mi pareja hace unos 5 años y realizamos la unión convivencial para que ella pueda contar con mi cobertura medica, tenemos 2 nenes, uno de ellos tiene 9 años y no soy su padre biológico pero quiero agregarlo al grupo familiar y me dicen que no pueden aceptarlo debido a que su padre cuenta con obra social laboral y mientras la posea no puedo integrarlo a la nuestra. Hay algún tipo de solución a este problema?
Hola soy madre soltera tengo 24 años y mi papa desea poner a mi hijo en su obra social. Eso afectaría en el algo a la asignación universal por hijo que me da el anses osea dejaría de cobrarla???
Hola, estoy en tramite para afiliar a la hija de mi esposa a mi obra social, pero en la obra social me piden el codem actualizado y en anses me piden una constancia de que esta a mi cargo emitida por un juez de paz. Pueden orientarme al respecto vivo en caba. Saludos y gracias.
Hola, es como te dicen en el Anses. saludos
Gracias y el documento seria un certificado de convivencia donde conste que la hija de mi esposa vive conmigo? Se puede tramitar en alguna Sede Comunal
Hola mi esposo quiere poner a mi hijo a cargo para que tenga obra social, el padre del menor falleció, me quitan el beneficio de anses de asignación universal por hijo?
Hola buenas, quisiera saber si es posible agregar a mi pareja (cónyuge) y a si hijo menor con discapacidad a mi obra social. Habría algún impedimento por parte de la obra social? Ya que mi hijastro posee certificado único de discapacidad. Y de ser haci donde se puede denunciar
Hola!
Gracias por la consulta
tenes que acreditar que lo tenes a tu cargo.
Saludos
hola tengo un hijo operado del corazon que tiene 27 años con certificado de discapacidad y lo tengo a cargo siempre tuve la obra social que me dio la empresa a donde trabajo pero quiero cambiarme de obra social, en cualquier otra obra social me lo tiene que tomar a mi hijo verdad?
Si en cualquiera.
Con discapacidad la afiliacion no puede ser negada
saludos
Hola mí esposo tiene obra social provincial quiero incluirlo en mí obra social que es nacional no me permiten porque dicen que ya tiene la suya puedo reclamar ésto?
Hola, solo se puede tener una cobertura de salud.
Hola,quiero agregar al hijo de mi pareja a mi obra social qie es privada, pero el padre tiene obra social laboral, es posible que los aportes de su obra social pasem a la privada?y Solo dar de baja al nene
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Tenes que acreditar el vínculo, que esta tu cargo
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Hola quiero poner a mi mujer y a la nena de doce año..de edad esta a mi cargo..ellas viven hace 5 año conmigo y quiero pasarle la obra social..q tipo d3 tramite tengo q hacer…
Hola, los que te indica la nota. Saludos
Hola Buenas tardes.
Como se llama el tramite con el cual acredito estar a cargo de los hijos de mi pareja? ante quien se realiza?
Hola, tenes todos los datos en la nota.
tenes que acreditar el vínculo, estando casado o teniendo la convivencia.
Saludos
Hola! yo para poner a mi hijo en la obra social de mi marido me piden que vaya al juzgado y que le de la guarda de mi hijo para poder colocarlo en la obra social. Es asi esto? Espero su respuesta . Gracias
Hola, buenas noches. cual es la entidad a la cual hay que presentar la documentación el lugar de trabajo (en el caso de relación de dependencia) o a la obra social ? No me queda claro ese aspecto.
Gracias
Estimado, soy divorciado y hoy dia mi ex esposa tiene mi obra social, pero tengo un problema, mi pareja actual me esta exigiendo que le de mi obra social a ella, esto implica tener que darle de baja a mi ex esposa, sucede que mi ex es una persona muy enferma y toma bastantes remedios, hay una ley que me ampare para no quitarle la obra social a mi ex? si bien ella ya no tiene que ver nada conmigo, pero no se que hacer.
Hola, es un tema netamente de familia y de como resolviste el convenio de separación. Si estas obligado por sentencia o convenio a dar cobertura a tu ex mujer tendrás que respetar ese acuerdo. Saludos
hola una consulta yo quisiera ingresar a los hijos de mi señora a la obra social mia ,la duda es que ella cobra la asignacion universal por hijo. Si yo los ingreso a la obra social mia ella pierde la asignacion universal?. se que tengo que hacer el papel de concubinato y haciendome cargo de los chicos . quisiera saber si esto no le afectara a lo que cobra por la asignacion universal
Hola, hace la consulta en el Anses para ve si no se superponen los beneficios. Saludos
hola mi nombre es Lorena, hace 8 años convivo con mi pareja, él desde 2012 esta peleando el divorcio, tenemos un hijo de 5 y estoy embarazada de 32 semanas, él me puede poner en su obra social con algun papel que ampare que vivimos juntos?? y a donde se llevan esos papeles
Hola mi nombre es Cristina !! Quiera saber si pueden informarme ? Tengo una hija con discapacidad ,cobro la asignación universidad x discapacidad ,mi marido quiere ponerle en la obra social de él del inssep ,para que puedan cubrirle los medicamento que son muy caros .. Si él le pone a mi hija en su obra social ,me sacan la asignación universidad x discapacidad .. ? Desde ya muchas gracias
Buenas tardes, estoy separado pero no divorciado, quiero cambiarme a una prepaga para mi y mis hijas(tengo OSECAC), mi ex mujer de acuerdo, ella quedaría sin mutual. Se puede hacer? necesito que ella me firme algo?
¡Hola! Gracias por su contacto.
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Saludos y hasta pronto.
Hola estoy en pareja hace 3 años quisiera darle mi mutual o unificar aportes y seguir con mi mutual ella tiene que esperar los 3 meses por traspaso? Se la pueden negar? Por algun antecedente??
BUEN DIA, TENGO OBRA SOCIAL SINDICAL E HICIMOS UNION CONVIVENCIAL CON MI PAREJA ,EL TIENE OBRA SOCIAL PROVINCIAL (SANTA CRUZ) Y ME DIJERON Q NO PUEDEN AFILIARME PORQUE YO TENGO OBRA SOCIAL, PERO LEI QUE SE PUEDE TENER 2 OBRAS SOCIALES MIENTRAS NO SEAN DEL MISMO RANGO , ES ASI? Y DE SER ASI DE DONDE PUEDO SACAR LA RESOLUCION, GRACIAS.
Hola, tengo una hija de 19 años que tenía la prepaga que le proporcionaba el padre biológico, ahora él no puede seguir pagando la prepaga y por ende mí hija se quedó sin cobertura médica, pero mí actual marido quiere agregarla a la nuestra, como sería el trámite
Hola, tengo una hija de 19 años que tenía la prepaga que le proporcionaba el padre biológico, ahora él no puede seguir pagando la prepaga y por ende mí hija se quedó sin cobertura médica, ahora mí actual marido quiere agregarla a la nuestra, se puede como sería el trámite
Hola mi nombre es Natalia quisiera saber cuáles son los requisitos para que mi hija tenga la obra social de mi esposo, ella no es hija de el y tiene el apellido de su papá, pero el no se hace cargo de ella hace cinco años, solo estamos en pareja no tengo papel de concubina, y aparte quería saber si ella pierde la asignación universal por hijo si el la pone en su obra social.
Como dice la nota hay que acreditar los vinculos. Saludos
Buenas, tengo dos hijos el cual el padre legítimo los saco de su obra social. Mi actual pareja quiere ponerlos en la de el, al explicar esto en la prepaga solo podría hacerse si hago hacemos certificado de convivencia y me obligan a mi también, o que un juez dictamine que mi actual pareja es su tutor.
El caso es solo que los toman a ellos si me afilió yo que soy la madre. Solo quiero una obra social para ellos.
Ya realice consultas en 2 empresas y misma respuesta. Se puede hacer algo?. Gracias
Hola tengo obra social,tengo certificado de convivencia,mi pareja tiene una hija de 21 años y recién se inscribió en la universidad.la puedo aderir a la obra social? Gracias
Si estudia puede hasta los 25 años. Saludos
Tenia una obra social que solo estaba yo y tenía varias clinicas. Adheri a mis 3 hijos a la misma y me bajaron de plan a solo 1 clinica para atenderme a mi a mis hijos. Porque dicen que mi aporte es bajo para todos y que si quiero puedo pagar más para que me cambien a un plan más alto. (Estoy en blanco) pueden hacer eso? Gracias