El Estado Nacional creó mediante resoluciones 201/02 y 310/04, el Programa Médico Obligatorio (PMO) con el cual establece un piso mínimo de prestaciones que tanto las obras sociales como las prepagas deben cubrir para que tengas un servicio de salud de calidad.
Con la autorización que la Superintendencia de Salud mediante el Decreto 66 de 2019, ha dado a las prepagas para ofrecer planes con coberturas por debajo del piso mínimo del PMO llamados planes de cobertura parcial low cost, se pone en riesgo el objetivo de la ley y por ende tu salud (para los jubilados, mucho más)..
Las prepagas perdieron más de 200 mil afiliados durante 2018 originando un aumento en la cuota que en lo que va de 2019 ha aumentado el 42%. Por esta razón, los planes de medicina prepaga low cost son presentados como una solución ahora que estamos en crisis económica.
Lo cierto es que lo barato sale caro y eso es lo que te ocultan.
Indice
¿Cuáles son los planes que están ofreciendo las prepagas?
Por ahora hay tres planes aprobados por la Superintendencia de Servicios de Salud. Hay varias entidades que prepararon los suyos y pedirán autorización para venderlos. En todos los casos se requiere que estés afiliado a una obra social para acceder a estos planes “complementarios”.
Los planes que están ofreciendo son los siguientes:
1. Cobertura parcial prestacional ambulatoria (uno con y otro sin coaseguro).
En este plan el usuario tiene consultas médicas, medicamentos, estudios y prácticas de baja complejidad y de alta complejidad.
2. Plan parcial de internación
Este plan incluye emergencias médicas en domicilio y guardia, internación clínica y quirúrgica y medicamentos en Internación
Los precios dependen de la edad del afiliado.
Pero esto no tan beneficioso como parece, ya que si contratás cualquiera de estos planes, dejás por fuera ítems que podés necesitar.
¿De qué te perdés si aceptás la medicina prepaga low cost?
Hay muchas conquistas para los usuarios que podrían perderse con la entrada en vigencia de la laxitud de la norma para crear estos planes.
- Servicio odontológico
- Plan de maternidad.
- Tratamientos de alta complejidad.
- Provisión de medicamentos de alto costo.
- Provisión de atención para enfermedades que afectan a la mayoría de los jubilados (y personas en actividad también).
- Tratamiento del cáncer.
Ver artículo: 5 cosas que cubre el PMO y no conoces.
Empecemos con las desventajas.
Desventaja No. 1. Baja integralidad de la cobertura a recibir.
La cobertura no va a ser integral y si necesitás un servicio total, tendrás que pagar la diferencia. Esto es peligroso porque una persona nunca sabrá de cuánto será el monto adicional a pagar en el caso, por ejemplo de una maternidad o un tratamiento de cáncer.
Cuando accedés a un servicio en una clínica siempre debés completar pagarés con los cuales la entidad se asegura que pagues los costos adicionales que tu plan contratado no cubre. Esto puede generar una deuda gigante por una situación de salud que no podés predecir.
Recordá que los insumos médicos aumentan de precio según el costo de la inflación del país. Imaginá los costos a los que te exponés.
Lo que te ahorras hoy, te cuesta un ojo de la cara mañana.
Desventaja 2. No tienen derivación de aportes.
En la actualidad podés tener una prepaga por derivación de aportes desde la obra social a la cual estés afiliado. Esto no será posible si te bajás a un plan con cobertura parcial.
Si sos jubilado, la situación se complica aún más porque no podrás mantener la continuidad en la prepaga por derivación de aportes y tendrás que suplir el faltante con el servicio de salud pública, el cual no da abasto para atender la demanda de pacientes.
Ver artículo complementario: Cómo derivar aportes de la sobra social.
Desventaja 3. Pérdida de cobertura de medicamentos y tratamientos de alto costo como el cáncer.
Si elegís un plan que no incluya medicamentos, te das un golpe al bolsillo gigante. De acuerdo con el portal Urgente 24, 8 de cada 10 remedios han triplicado su precio, entre los que se incluyen medicinas para la tiroides, broncodilatadores, antisioliticos y analgésicos antiespasmódicos (propinox y otros). Por su parte, el Observatorio de Políticas Públicas de la Universidad Nacional de Avellaneda, confirma los incrementos mencionados entre 2015 y 2018:

A esto le sumamos, los tratamientos contra el cáncer que son altamente costosos y del cual no estás exento ni tu familia tampoco.
De acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística, Argentina se ubica en el rango medio-alto de incidencia de cáncer, ocupando el séptimo lugar en Latinoamérica. Los más comunes son cancér de mamá (mujeres), próstata y colorrectal (hombres).
Ante esta perspectiva, es mejor que lo pienses antes de acceder a una prepaga lowcost.
Desventaja 4. Mayor cobro por enfermedades preexistentes.
Si posees enfermedades preexistentes, es decir, que si al momento de afiliarte ya posees una enfermedad de la índole que sea, no pueden negarte la afiliación pero sí cobrarte más caro, más aún si tenés alguna de carácter crónico como el cáncer.
El cobro por este concepto debe estar autorizado por la Superintendencia de Salud y la prepaga debe informarte el plazo durante el cual lo harán. (Art. 10 Decreto 1993/2011 Reglaméntase la Ley 26.682).
Para definir esto, te pedirán que presentes una declaración jurada sobre tu estado de salud basada en tu historia clínica y respondiendo las preguntas de rigor que te haga la prepaga. Tené en cuenta que si mentís y sos descubierto, la prepaga puede terminar unilateralmente el servicio.
Esto es importante tenerlo en cuenta si tanto vos como alguno de tus beneficiarios tienen patologías que requieran tratamientos integrales y continuos. Recordá que la probabilidad de sufrir cualquier evento que no había sido detectado es mayor cuando no estás asegurado que cuando sí lo estás.
Desventaja 5. Información poco detallada por parte de las prepagas al momento de solicitar la afiliación.
A una persona desinformada le pueden ofrecer cualquier cosa y más si no suele fijarse en la letra pequeña. Como resultado, después recibís las prestaciones a merced de lo que la prepaga quiera.
Por esta razón, te contamos los requisitos que la ley le exige a los planes de cobertura parcial (fuente: Portal Página 12):
Requisitos para expedir planes de cobertura parcial ambulatoria con o sin coaseguro.
- Expresar de manera detallada lo que incluye y lo que no. (Art. 7)
- No puede hacer referencias genéricas respecto de enfermedades de escasa aparición.
- No incluir períodos de carencia o espera superiores a 12 meses. Estas solo podrán establecerse para el acceso a prestaciones sanitarias superadoras o complementarias al PMO. (Art. 10)
- Brindar cobertura integral e ilimitada respecto de toda complicación o agravamiento de la enfermedad que derive de cualquier prestación incluida en el plan contratado.
- La declaración jurada de salud que presenten los pacientes al momento de la afiliación solo podrá contemplar preexistencias, patologías o situaciones cuya prestación o tratamiento se encuentre incluida dentro del plan parcial elegido. Para cobrar los valores adicionales por preexistencia deberán cumplir lo previsto en el artículo 10 de la ley 26.682 (ley de prepagas) y su reglamentación.
Requisitos para la expedición de planes de cobertura parcial para servicios de emergencias médicas.
- No podrán incluir periodos de carencia o espera.
- No requerirán suscripción previa de una declaración jurada de salud.
- No podrá solicitar autorización para incrementos adicionales al valor de la cuota por existencia de preexistencias.
- Podrá incluir servicios de atención médica ambulatoria por demanda espontánea.
Las prepagas tienen 90 días para presentar sus planes ante la Superintendencia para su aprobación.
En cuanto al desistimiento del plan, no podrán aplicarte penalizaciones por retiro del plan. Sin embargo, este derecho está supeditado a solo una vez por año.
Si aún con todas las desventajas a que te exponés, te sumás a dichos planes, asegurate que la prepaga cumpla lo descrito anteriormente y fijate en la letra pequeña de los contratos. Si tenés dudas y necesitás asesoramiento, contactanos para que tomés la decisión correcta.
¿Cómo impacta esto a los jubilados?
Un jubilado que se afilie a una prepaga lowcost no podrá recibir los tratamientos que necesita en una época donde las dolencias aumentan y si le sumamos la temporada de crisis donde los medicamentos básicos aumentan proporcionalmente, se verá afectado ante cualquier eventualidad.
La salud debe ser lo primero a resguardar de manera integral y no por trocitos como proponen las prepagas.
La ley le permite acceder a estos planes pero deberá tener en cuenta que si tenés más de 65 años pueden cobrarte una cuota mayor y está sujeta a los aumentos que autorice la Superintendencia.
Una mala noticia teniendo en cuenta que el 70% de los haberes jubilatorios son destinados a medicina prepaga.

¿Hasta cuánto me pueden cobrar?
Pueden cobrarte hasta tres veces el monto de la cuota que se cobra a los más jóvenes. Solo en el caso de que tengas una antigüedad de 10 años o más en la misma prepaga, pueden aumentarte según lo establecido por la Superintendencia hasta que llegues a los 65 años. Después de esta edad, no están permitidos los aumentos.
En la mayoría de las ocasiones, tendrás que elegir entre tu vida o tu patrimonio. Eso sin contar que el precio depende de la edad que tengas y está sujeto a los aumentos autorizados por el gobierno.
Conclusión
No podés adivinar qué problemas de salud tendrán vos y tu familia en un futuro cercano, entre ellas el cáncer. Hemos tenido casos de medicamentos costosos que aun teniendo el PMO han sido denegados y hemos tenido que defender el derecho de ciudadanos para que les sea restablecido el derecho como lo obliga la ley
Si te acoges a estos planes, estarías poniendo en peligro tu vida y la de tus beneficiarios, eso sin contar con las deudas impagables que podrías contraer con las clínicas que te provean los servicios no incluidos en el plan parcial.
La salud no es negociable.
Si decidís aceptar cualquier plan de este tipo, exigí claridad en las coberturas, incrementos y otros adicionales. Mejor si te asesorás con un abogado experto en temas de salud para que no termines con un “dolor de cabeza” peor.
Se pueden evaluar, previo a la llegada de la jubilación, alternativas de cobertura de salud que hagan buen uso de los aportes de la obra social y de las cobertura de medicina prepaga que no impliquen costos elevados.
En Amparando salud, sabemos cómo ayudarte.
Buenas noches, es probable que me quede sin trabajo y por ende también sin Obra Social. Tengo una hija chiquita y pensé en contratar un plan LOW COST de los que estuvieron saliendo para poder amortizar mis ahorros. De hecho estaba pensando en contratar uno de EMERGENCIAS y leer esta nota me dio miedo. Una vez que deje de tener mi obra social, si tengo un plan parcial, no voy a tener el PMO cubierto o tengo que recurrir a la justicia en caso de que no me quieran cubrir algo?
Hola!
tenes que chequear bien los servicios, pedir las copias de los contratos. El PMO tendría que estar asegurado. saludos