DISCAPACIDAD en ARGENTINA. ¿Cuáles son las COBERTURAS MÉDICAS a que tenés derecho?

coberturas discapacidad en la Argentina

¿Sos una persona en condición de discapacidad y no sabés a qué coberturas tenés derecho? ¿La obra social y la prepaga no te informan como debe ser para que tengas pleno conocimiento de tus derechos?

 

De esto hablamos en este episodio en el que te contamos en detalles todo lo que debés tener en cuenta.

 

Coberturas médicas por discapacidad en la Argentina.

Temas tratados en el vídeo:

[00:18] ¿Qué dice la ley sobre las coberturas médicas para discapacidad?
[00:40] ¿Cuáles son y cómo se piden y quienes están obligados a proveerlas?
[02:22] ¿Qué es el nomenclador de prestaciones por discapacidad?
[02:53] ¿Pueden cobrar por fuera del nomenclador?
[03:15] Prescripciones médicas
[04:03] Prestaciones a que tenés derecho.
[05:48] Caducidad de las prestaciones por discapacidad.

Escuchar vídeo:

Resumen de los temas tratados.

 

En la Argentina, las personas en condición de discapacidad tiene derecho a coberturas estipuladas en la Ley 24901, conocida como el Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor de las personas con discapacidad.

 

¿Qué cubre la Ley 24901?

 

Entre las prestaciones incluidas se encuentran:

 

  • Prestaciones preventivas. Enfocadas en la prevención o detección de enfermedades relacionadas con la discapacidad.
  • Prestaciones de apoyo psicológico: Tanto para la persona con discapacidad como para sus familiares o cuidadores.
  • Rehabilitación: Cobertura para tratamientos de rehabilitación que el afiliado necesite.
  • Prestaciones terapéutico-educativas. Incluyen acompañamiento en la escuela por parte de maestros integradores o acompañantes terapéuticos.
  • Transporte. En casos justificados se puede solicitar transporte para evitar el transporte público si la situación lo amerita.

 

¿Cómo se solicitan estas prestaciones?

 

Para acceder a estas prestaciones se requiere tener un Certificado Único de Discapacidad. El proceso para solicitar las prestaciones es:

 

  1. Prescripción de las prestaciones requeridas por el paciente avalado por su médico tratante.
  2. Presentar la prescripción médica a la obra social y/o prepaga para correspondiente para su cobertura.

 

¿Quiénes están obligados a prestar estas coberturas médicas?

 

Obras sociales y prepagas. Tienen la obligación de otorgar la cobertura según lo estipulado en la ley.

Obras sociales provinciales. Deben otorgar las prestaciones, pero en algunos casos se debe recurrir a reclamos judiciales para acceder al derecho.

 

Nomenclador de prestaciones por discapacidad.

 

Toda cobertura por discapacidad tiene un tope establecido en el listado del nomenclador de prestaciones por discapacidad. Las obras sociales y prepagas se rigen por estos valores, aunque pueden existir acuerdos para prestaciones adicionales.

 

Si una prescripción médica está por fuera del nomenclador, puede requerir justificación adicional y un reclamo judicial para que sea otorgada.

 

Continuidad de las prestaciones por discapacidad.

 

La continuidad de estas prestaciones está supeditada a la afiliación del titular a cargo de la persona. En caso de fallecimiento del titular de la cobertura, es crucial realizar los trámites necesarios para que la persona con discapacidad mantenga su acceso a estas prestaciones.

 

———————————-

Si necesitas asesoría legal en materia de derechos de salud, escribinos a info@amparandosalud.com.ar

Si sos abogado y querés formarte en amparos de salud, inscríbete AQUÍ en nuestro curso grabado con soporte por el equipo de abogados de Amparando Salud.

7 comentarios de “DISCAPACIDAD en ARGENTINA. ¿Cuáles son las COBERTURAS MÉDICAS a que tenés derecho?”

  1. Liliana Mora dice:

    Buenos dias, una consulta : soy discapacitada (transplante de riñon) se realizo este año.
    Tengo la prepaga Swiss Medical. Abono este mes $475.000 (yo sola ).
    La consulta es : que me cubre el PMO ?. La atencion en sanatorios es la misma ?
    Muchas Gracias

  2. Marcelo Vall dice:

    Pregunto para ver si alguien me puede informar , ¿la cobertura en psicologia para familiares de discapacitados, cual es el porcentaje que se devuelve en caso de reintegro? ¿que articulo de la ley dice esto?

  3. Jimena Gonnella dice:

    Cual es el valor de nomenclador que hay que tomar como referencia para atención psi del familiar ? Prestación de apoyo?

  4. daiana tolosa dice:

    hola buenas noches! quisera saber como es que superintendencia de salud me da de baja (es lo que me dice la obra social ,las autorizaciones pasan por otra rama de la obra social por este motivo) , y mi obra social ya no se hace cargo de los reitegros por este motivo! pero las terapeutas no son prestadoras de la obra social que tengo , estoy esperando un reitegro de noviembre , y me falta diciembre y enero! se puede hacer algo? mi niño tiene CUD

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *