Reclamo por falta de pago y autorizacion de prestaciones en discapacidad

Pago de prestaciones de discapacidad

📢 Importante fallo judicial sobre derechos de salud y discapacidad 📢 ​

 

El Juzgado Civil y Comercial Federal 6 de Buenos Aires ha dictado una sentencia crucial en el caso «D L , J I Y OTRO c/ OSECAC s/AMPARO DE SALUD». ​ Los padres de dos menores con discapacidad, J.I. y T.M., presentaron una acción de amparo para que la Obra Social de los Empleados de Comercio y Actividades Civiles (OSECAC) les otorgue la cobertura integral de medicamentos, pañales y acompañante terapéutico. ​

 

🔹 Derecho a la salud: El tribunal reafirmó que el derecho a la salud es un derecho humano fundamental, protegido por la Constitución Nacional y tratados internacionales. ​ Este derecho incluye la obligación de las obras sociales de brindar cobertura total a las personas con discapacidad. ​

 

🔹 Responsabilidad de OSECAC: La obra social debe proporcionar la cobertura integral de los tratamientos necesarios para los menores, incluyendo medicamentos y servicios terapéuticos, según lo prescripto por sus médicos tratantes. ​

 

🔹 Trabajo de los abogados: Este fallo es un reconocimiento al arduo trabajo del equipo legal que llevó adelante el reclamo judicial, destacando la importancia de defender los derechos de las personas con discapacidad y garantizar su acceso a la salud. ​

 

🔹 Sentencia: La acción de amparo fue aceptada, obligando a OSECAC a cubrir el 100% de los tratamientos requeridos para J.I. ​ y T.M., incluyendo acompañante terapéutico, medicamentos específicos y pañales descartables.

 

Este fallo es un paso significativo en la protección de los derechos de las personas con discapacidad y un recordatorio de la responsabilidad de las obras sociales en cumplir con sus obligaciones. ​

#DerechosHumanos #Salud #Discapacidad #Justicia #Abogados #OSECAC #AmparoDeSalud #DerechoALaSalud #InclusiónSocial

 

Fallo completo aqui:

 

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *