En Amparando Salud, sabemos que los problemas con las obras sociales y prepagas no se toman vacaciones. Por eso, mientras muchos se preparan para la feria judicial de invierno, nuestro equipo legal trabajó incansablemente para asegurar que varias familias recibieran la justicia y la tranquilidad que merecen.
Con enorme satisfacción, compartimos una serie de sentencias favorables obtenidas justo antes del receso. Estos fallos no son solo victorias legales; son la prueba de que cuando se lucha por el derecho a la salud con conocimiento y dedicación, los resultados llegan. Son historias de alivio para personas mayores y familias con miembros con discapacidad que, gracias a nuestro acompañamiento, hoy tienen sus derechos garantizados.
Jubilación y Prepagas: ¡Tenés Derecho a Quedarte! Cómo Garantizamos la Continuidad de la Cobertura
Detalle del caso
Una de las mayores angustias para quienes se acercan a la edad de jubilación es qué pasará con su cobertura de salud. Muchos de nuestros clientes, tras una vida de aportes a una prepaga u obra social, se encontraron con la noticia de que perderían su afiliación al jubilarse. En varios casos contra importantes empresas como OSDE y OSPOCE/Swiss Medical, la justicia nos dio la razón:
La continuidad de la afiliación no es un favor, es un derecho.
El Miedo a Perder tu Cobertura al Jubilarte
Imaginá este escenario: durante 30 o 40 años confiaste tu salud y la de tu familia a una prepaga. Conocés a los médicos, los centros de atención y tenés un plan de salud (como los planes 210 o 310 de OSDE) que se adapta a tus necesidades. De repente, al tramitar tu jubilación, la empresa te informa verbalmente o por carta que tu vínculo termina y que serás transferido a PAMI.
Esta situación, vivida por «el cliente» en los casos que llevamos a tribunales, genera una enorme incertidumbre y desamparo. Se enfrentan a la posibilidad de perder el acceso a los profesionales y tratamientos de confianza justo en la etapa de la vida en que la atención médica se vuelve más crucial.
La Justicia Confirma el Derecho a Elegir
En todos estos casos, gracias al rápido y experto accionar de los abogados de Amparando Salud, Dr. Sabadini y Dr. Arado, los tribunales (tanto en primera instancia como en las Cámaras de Apelaciones) fallaron a favor de nuestros clientes.
La justicia ordenó a las demandadas (OSDE y OSPOCE) a mantener la afiliación de los jubilados y sus cónyuges en los mismos planes que tenían como trabajadores activos. Se estableció que los aportes de la jubilación deben ser derivados a su obra social de siempre, y el cliente solo debe abonar la diferencia si su plan es superador.
Los Fundamentos Judiciales que Debés Conocer
Para lograr estos resultados, nos basamos en argumentos sólidos que los jueces confirmaron:
- No existe el pase automático a PAMI: La Corte Suprema, en el famoso caso «Albónico», ya dejó claro que la ley de creación de PAMI (Ley 19.032) no implica una transferencia automática.
El Derecho a la Opción es Tuyo: La ley (especialmente la Ley 23.660) te da el derecho a ELEGIR si querés permanecer en tu obra social o pasarte a PAMI. Si manifestás tu voluntad de quedarte, la prepaga debe respetarla.
El Derecho a la Salud es Constitucional: Este derecho, protegido por nuestra Constitución Nacional y Tratados Internacionales, está por encima de cualquier reglamento interno de una empresa de medicina prepaga. Los jueces consideraron que negar la continuidad era un acto arbitrario que dejaba a nuestros clientes en estado de indefensión.
¿Y si la prepaga dice que no está inscripta para jubilados? Este es un argumento muy común de las empresas, basado en los decretos 292/95 y 492/95. Sin embargo, la justicia reiteradamente sostiene que estas normativas no pueden usarse para anular el derecho adquirido y la libertad de elección de una persona.
Discapacidad: Logramos Cobertura Integral para Internación Geriátrica
Una familia luchaba desesperadamente por obtener la cobertura del 100% para una residencia geriátrica especializada para su madre de 68 años, quien sufrió un ACV y quedó con una discapacidad severa. Ante el silencio de OSDE, presentamos un amparo y, en tiempo récord, la justicia ordenó la cobertura total.
La Angustia de No Conseguir la Prestación que tu Familiar Necesita
La Sra. «De O.», afiliada a OSDE, sufrió un ACV que le provocó hemiplejía y graves problemas de movilidad. Su médico tratante prescribió «internación geriátrica con atención especializada las 24 hs» por no poder valerse por sus propios medios. La familia, con enorme esfuerzo, encontró un lugar adecuado, la residencia «Aires de Martínez», pero se enfrentó al silencio de su prepaga a la hora de solicitar la cobertura. Cada día sin una respuesta era un día de angustia, incertidumbre y un enorme gasto económico que debían afrontar solos.
Una Medida Cautelar que Trajo Alivio Inmediato
El Dr. Sabadini, en representación de la familia, actuó con la celeridad que el caso requería. El juez, comprendiendo la urgencia, dictó una medida cautelar innovativa, una herramienta judicial excepcional para evitar daños irreparables.
Se ordenó a OSDE a brindar la cobertura integral (100%) para la internación de la Sra. «De O.» en la residencia elegida por la familia, o a cubrir el valor del módulo correspondiente si la residencia no estuviera en su cartilla. Esta decisión, tomada el 18 de julio, justo antes de la feria, fue un bálsamo para la familia.
Los Fundamentos Judiciales que Protegen a las Personas con Discapacidad
- Ley 24.901 – Sistema de Prestaciones Básicas: Esta es la ley fundamental. Establece la obligación de las obras sociales y prepagas de dar una
cobertura integral (100%) de todas las prestaciones que una persona con discapacidad necesite para su rehabilitación, asistencia y lograr su máxima integración social.
El Certificado de Discapacidad (CUD): Es la llave que abre la puerta a estos derechos. La Sra. «De Ocampo» contaba con su CUD, que acreditaba su diagnóstico y la necesidad de las prestaciones.
Protección Especial: Los jueces entienden que el derecho a la salud de las personas con discapacidad merece una protección especial y prioritaria, tal como lo marcan nuestra Constitución y la «Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad». La negativa o el silencio de la prepaga se considera una vulneración grave de estos derechos fundamentales.
Tu Tranquilidad es Nuestra Victoria
Estos casos demuestran que, aunque el camino pueda parecer difícil, tenés derechos que te protegen. En Amparando Salud, nos enorgullece ser la voz de nuestros clientes y luchar para que las obras sociales y prepagas cumplan con sus obligaciones. Estas victorias, justo antes del receso judicial, refuerzan nuestro compromiso: tu salud y tus derechos no pueden esperar.
¿Tu obra social o prepaga no cumple? ¿Estás por jubilarte y tenés dudas sobre tu cobertura? ¿Necesitás una prestación por discapacidad y te la están negando?
No estás solo. Contanos tu caso.
Escribinos a info@amparandosalud.com.ar.
Estamos para ayudarte.



Tengo CUD y amparo para mantener la afiliacion y medida cautelar favorable que no se cumple porque no me dan nada. me mandaron a hospital habiendo estado en una clinica de rehabiitacion y no me devuelven alli. quieren mandarme a internacion domiciliaria y no se que comprende. estoy postrado con sonda y el cuerpo medico forense ya dijo lo que preciso y todos se lavan las manos (juzgado y obra social) y estoy esperando hace 4 meses en el hospital sin tratamiento. que puedo hacer.